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Preguntas Frecuentes

  1. Quiero abandonar una asignatura, ¿cómo lo hago?
  2. ¿Cuándo es el último plazo para abandonar asignaturas?
  3. ¿Cuántas asignaturas puedo abandonar por semestre?
  4. ¿Cuándo es el último plazo para congelar o anular mis estudios?
  5. ¿Quiénes tienen derecho a rendir Prueba Global Recuperativa (PGR)?
  6. ¿Cuáles son las fechas para las Pruebas Globales Recuperativas?
  7. ¿Cuándo termina el primer semestre académico?
  8. ¿Cuáles son los requisitos para tener derecho a rendir Examen Final?
  9. ¿Cuándo me puedo eximir de rendir el Examen Final?
  10. ¿Cuándo repruebo una asignatura?
  11. Si no me presento al examen final ¿Tengo derecho a rendir el examen de repetición?
  12. ¿Qué ocurre, si teniendo derecho a rendir examen de repetición no me presento?
  13. ¿Cuándo comienzan los exámenes finales en cada semestre?
  14. ¿Cuántos exámenes de repetición puedo rendir?
  15. ¿Cuándo comienzan los exámenes de repetición por semestre?
  16. ¿Cuántas veces puedo reprobar una asignatura?
  17. ¿En qué fecha debo presentar la solicitud de gracia?
  18. Para presentar Solicitud de Gracia y “de Excepción”, ¿dónde debo dirigirme?
  19. ¿Cuáles son las causales de pérdida de la calidad de alumno regular de la universidad?
  20. ¿Cuándo comienzan mis vacaciones de invierno?
  21. En caso de inasistencia a una instancia de evaluación, ¿dónde debo dirigirme para justificarla?
  22. En caso de anulación o congelación de semestre, ¿donde debo dirigirme?
  23. En caso de reincorporación a la carrera, ¿dónde debo dirigirme?
  24. En el caso de querer cambiarme de carrera, ¿dónde debo hacer la tramitación?
  25. ¿Cuántas veces puedo presentar solicitud de convalidación, homologación y validación de estudios?
  26. ¿Cuánto tiempo tengo para justificar mi inasistencia?
  27. ¿Qué pasaría en el caso de no presentarme al examen final sin justificación?
  28. Si he repetido una asignatura por tercera vez, ¿puedo matricularme o inscribir asignaturas?
  29. Si he repetido una asignatura por cuarta vez, ¿puedo matricularme o inscribir asignaturas?
  30. ¿Quiénes pueden validar asignaturas?
  31. Para validar asignaturas, ¿qué debo hacer?
  32. ¿Qué hago si me accidento en dependencias de la Universidad?

  1. Quiero abandonar una asignatura, ¿cómo lo hago?
    Debe pedir y presentar una solicitud en la Dirección de Escuela correspondiente en las fechas indicadas en el Calendario Académico.
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  2. ¿Cuándo es el último plazo para abandonar asignaturas?
    El último plazo para el abandono de asignaturas en el primer semestre es el viernes 27 de junio de 2008. En el segundo es el viernes 28 de noviembre de 2008. subir
  3. ¿Cuántas asignaturas puedo abandonar por semestre?
    No podrán abandonar más de una asignatura por semestre, salvo casos excepcionales autorizados por el Director de Escuela o que use la opción anulación de semestre, contemplada en el Reglamento Académico.
    Esta garantía podrá ser utilizada sólo una vez en cada asignatura y siempre que no la haya reprobado anteriormente. subir
  4. ¿Cuándo es el último plazo para congelar o anular mis estudios?
    El último plazo para congelar o anular los estudios es el viernes 28 de noviembre de 2008. subir
  5. ¿Quiénes tienen derecho a rendir Prueba Global Recuperativa (PGR)?
    Tienen derecho quienes:
    a)Hayan justificado y certificado su inasistencia a una prueba parcial, en cuyo caso la nota de esta prueba reemplazará en un 100% la nota faltante.
    b)En los casos de recuperación de nota deficiente la nota PGR se ponderará en un 80% y el 20% restante corresponderá a la nota obtenida en la prueba parcial.
    c)Esta no se aplicará en el caso de informes de laboratorio, terrenos, visitas, talleres, tareas y otros.
    d)En el caso de no haber justificado la inasistencia a una prueba parcial en el tiempo estipulado para ello, la nota de la PGR se ponderará en un 75% y el 25% restante corresponderá a la nota obtenida originalmente.subir
  6. ¿Cuáles son las fechas para las Pruebas Globales Recuperativas?
    En la semana comprendida entre el l 9 y 12 de diciembre . Establecido en el Calendario Académico.subir
  7. ¿Cuándo termina el segundo semestre académico?
    Las clases finalizan el sábado 13 de diciembre de acuerdo a lo establecido en el Calendario Académico.subir
  8. ¿Cuáles son los requisitos para tener derecho a rendir Examen Final?
    El estudiante para tener derecho a rendir Examen Final deberá acreditar:
    a)Tener nota de presentación a examen final mayor o igual a 2.8.
    b)Acreditar la asistencia del 80% asistencia para los alumnos del primer año .Para los años siguientes cumplir con el porcentaje de asistencia establecido por cada carrera.
    c)Estar al día en el pago de los aranceles correspondientes.subir
  9. ¿Cuándo me puedo eximir de rendir el Examen Final?
    El estudiante que obtenga nota de presentación a examen final igual o superior a 6,1 ( seis coma uno) quedará eximido de dicho examen. Sin perjuicio de la facultad del Consejo Superior de Educación de disponer de examinaciones totales o selectivas a los estudiantes, caso en que todos los estudiantes inscritos en la asignatura deben rendir examen, de conformidad con lo dispuesto en la Circular Nº 71/00 de ese organismo.
    El Estudiante para tener derecho a Examen de Repetición (E.R) deberá cumplir con los mismos requisitos necesarios para el Examen Final .
    El alumno que falte al examen de primera oportunidad no podrá rendir examen de repetición.subir
  10. ¿Cuándo repruebo una asignatura?
    Reprobarán una asignatura los estudiantes que obtengan una nota final inferior a cuatro (4) y aquellos calificados con nota 1.0 por no presentarse al examen final.subir
  11. Si no me presento al examen final ¿Tengo derecho a rendir el examen de repetición?
    Si no se presenta al examen final será calificado con nota 1.0 (uno punto cero) y pierde el derecho a rendir examen de repetición.subir
  12. ¿Qué ocurre, si teniendo derecho a rendir examen de repetición no me presento?
    Quien teniendo derecho a rendir examen de repetición, no se presente, será calificado con la nota obtenida en el examen final y en el Acta de Notas se consignará como observación, “no se presentó.”subir
  13. ¿Cuándo comienzan los exámenes finales en cada semestre?
    El lunes 15 de diciembre de 2008 al sábado 03 de enero de 2009.subir
  14. ¿Cuántos exámenes de repetición puedo rendir?
    Los estudiantes que hayan reprobado dos o más asignaturas y tengan derecho a rendir el examen de repetición , podrán hacerlo hasta en dos asignaturas como máximo, a su elección. En las fechas que contemple el calendario de exámenes .subir
  15. ¿Cuándo comienzan los exámenes de repetición por semestre?
    El 05 de enero hasta el 16 del mismo mes de 2009.subir
  16. ¿Cuántas veces puedo reprobar una asignatura?
    En el caso de reprobación de alguna(s) asignatura(s), el estudiante podrá cursarla(s) nuevamente en dos oportunidades previa solicitud y para cursarla por cuarta vez deberá presentar una solicitud de gracia dirigida al Consejo Académico el cual resolverá por simple mayoría, antes de iniciarse el período lectivo, siendo su resolución de carácter inapelable.subir
  17. ¿En qué fecha debo presentar la solicitud de gracia?
    El viernes 15 de enero de 2009.subir
  18. Para presentar Solicitud de Gracia y “de Excepción”, ¿dónde debo dirigirme?
    Debes dirigirte a la Secretaría de Rectoría.subir
  19. ¿Cuáles son las causales de pérdida de la calidad de alumno regular de la universidad?
    1. Por no haber renovado la matrícula dentro de los plazos señalados por la universidad o por haberla cancelado voluntariamente.
    2. Por sanciones que así lo establezcan.
    3. Por reprobación de una asignatura por tercera vez.
    4. Quienes, siendo estudiantes del primer nivel, pierdan más del 70% de los créditos cursados.
    5. Quienes, siendo estudiantes del segundo nivel o siguientes, pierdan más del 50% de los créditos cursados.
    6. Quien, teniendo matrícula condicional, sea objeto de alguna sanción por haber cometido una falta grave a las obligaciones y deberes que le corresponden como miembro de la universidad. Se considerarán faltas graves las siguientes:
      1. Desarrollar actividades que atenten contra los principios básicos de la institución;
      2. La comisión de actos que dañen los bienes patrimoniales de la universidad y los que interrumpan ilegalmente su vida académica
      3. La comisión, en su actuación universitaria, de actos contrarios a la moral y al respeto a la institución y al que entre sí se deben los miembros de la comunidad universitaria.
      4. El empleo de los bienes que constituyen el patrimonio universitario en usos o fines distintos a aquellos a que estén destinados.
      5. Realizar cualquier tipo de festejos sin autorización previa de Rectoría en las instalaciones universitarias que alteren el orden y entorpezcan las labores académicas;
      6. Consumir o introducir bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos o sustancias similares dentro de las instalaciones universitarias; y
      7. Utilizar la violencia u hostilizar por razones políticas, ideológicas o personales a cualquier miembro de la comunidad universitaria o grupo de universitarios.
      subir
  20. ¿Cuándo comienzan mis vacaciones de verano?
    El período de vacaciones de verano se inicia el lunes 19 de enero hasta el 28 de febrero, indicado en Calendario Académico.subir
  21. En caso de inasistencia a una instancia de evaluación, ¿dónde debo dirigirme para justificarla?
    En caso de inasistencia debes dirigirte a la Dirección de Escuela correspondiente. La justificación se realiza en un plazo no superior a 3 días hábiles de aplicada la evaluación.subir
  22. En caso de anulación o congelación de semestre, ¿donde debo dirigirme?
    Debes dirigirte a la Dirección de Escuela correspondientesubir
  23. En caso de reincorporación a la carrera, ¿dónde debo dirigirme?
    Debes dirigirte a la Secretaría de Vicerrectoría Académica.subir
  24. En el caso de querer cambiarme de carrera, ¿dónde debo hacer la tramitación?
    Debes dirigirte a la Secretaría de Vicerrectoría Académica.subir
  25. ¿Cuántas veces puedo presentar solicitud de convalidación, homologación y validación de estudios?
    Los estudiantes podrán hacerlo sólo por una vez durante la carrera.subir
  26. ¿Cuánto tiempo tengo para justificar mi inasistencia?
    La justificación se realizará en un plazo no superior a 3 días hábiles contados desde la fecha de Aplicación de la evaluación.subir
  27. ¿Qué pasaría en el caso de no presentarme al examen final sin justificación?
    Si no se presenta al examen final será calificado con NP (no se presentó) y no podrá dar examen de repetición. El NP equivale a uno (1) para efecto de los cálculos de promedio final.subir
  28. Si he repetido una asignatura por tercera vez, ¿puedo matricularme o inscribir asignaturas?
    El estudiante que deba repetir una asignatura por tercera vez no podrá matricularse ni inscribir asignaturas, en el periodo que corresponda, sin presentar la resolución aprobada por Vicerrectoría Académica a la Dirección de Escuela correspondiente.subir
  29. Si he repetido una asignatura por cuarta vez, ¿puedo matricularme o inscribir asignaturas?
    Quien repita una asignatura por cuarta vez, no podrá matricularse ni inscribir asignaturas, en el periodo que corresponda, sin presentar la resolución aprobada por la Rectoría a la Dirección de Escuela correspondiente.subir
  30. ¿Quiénes pueden validar asignaturas?
    Tienen derecho a validar asignaturas los alumnos regulares que hayan cursado estudios, a lo menos, por un período mínimo de un año o dos semestres, en alguna carrera de esta misma Universidad o en otra Institución.
    Sólo se convalidarán asignaturas aprobadas dentro de los cinco años anteriores a la fecha de solicitud de convalidación. Este plazo no regirá respecto de los estudiantes que acrediten experiencia laboral significativa en el área. subir
  31. Para validar asignaturas, ¿qué debo hacer?
    El alumno que desee validar asignaturas, deberá indicarlo luego de inscribir asignaturas solicitando un formulario (Solicitud de Validación) en la Dirección de Escuela y para este efecto debe presentar el comprobante de matrícula administrativa. Este trámite se realiza sólo una vez durante la carrera.subir
  32. ¿Qué hago si me accidento en dependencias de la Universidad?
    Si sufres alguna lesión, ya sea en la universidad, o en trayecto a tu domicilio, puedes hacer uso del Seguro de Accidente Escolar. Para ello debes solicitar una Declaración de Accidente extendida en la Dirección de Asuntos Estudiantiles (DAE), lo que permite que te atiendan en Hospitales del Servicio Nacional de Salud, de forma gratuita.subir

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